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Mostrando entradas de julio, 2012

Qué son los costos de oportunidad

La forma en la que podemos invertir nuestro dinero puede ser muy parecida a la manera en la que tomamos las decisiones a lo largo de la vida; a cada una se le debe dar su debida importancia, para lo cual se pueden considerar diferentes factores que nos permiten sentirnos seguros y así evitar tomar decisiones que posteriormente veamos como equivocadas. Un ejemplo podría ser cuando buscamos en cuál escuela estudiarán nuestros hijos, para ello marcamos prioridades: Que la escuela ofrezca educación bilingüe. Que sea mixta. Que tenga alguna inclinación religiosa. Que cuente con actividades al 
aire libre. Que fomente las expresión artística 
o deportiva, etcétera. Teniendo claro qué es lo que buscamos, será más fácil descartar aquellas escuelas que no cumplan con nuestros criterios o necesidades, para al final quedarnos con “la mejor escuela”. Entre más claro se tenga lo que se está buscando, evitaremos tomar decisiones que a la larga considerem

Cómo declaran las personas naturales las acciones y aportes poseídos en sociedades

¿Cómo declaran las personas naturales las acciones y aportes poseídos en sociedades? De acuerdo con lo indicado en el Artículo 272 del Estatuto, las acciones o cuotas siempre se declaran por su costo fiscal y en ningún momento se pide que sean declaradas por el mayor valor entre el costo fiscal de las mismas o el valor intrínseco que le certifican a cada socio o accionista en las empresas donde las posean. De la lectura de los Artículos 70, 272 y 280 del E.T. se desprende que no importa si se trata de acciones o cuotas en sociedades nacionales o extranjeras, o si cotizan o no en bolsa, las acciones y/o cuotas que una persona natural o sucesión ilíquida (obligada o no a llevar contabilidad) posea en sociedades comerciales (incluidas las que posea en sociedades por acciones simplificadas – SAS o Empresas Unipersonales las cuales pueden ser de un solo socio o accionista) siempre se deben declarar por su costo fiscal el cual debe incluir, para el obligado a llevar contabi

Patrimonios personas Casadas Declaracion Renta PN

Qué sucede con los patrimonios de las personas casadas o en unión libre y su obligación de declarar renta? La norma del Artículo 8 del Estatuto Tributario indica que cada cónyuge es considerado un sujeto pasivo del impuesto en forma individual y por tanto cada uno tomará en cuenta solo sus propios patrimonios, sin importar los otros patrimonios que de su pareja le puedan corresponder por tener una relación matrimonial o sentimental. Uno de los 6 criterios que obligan a una persona natural a tener que presentarle anualmente la declaración de renta al Gobierno es si su patrimonio bruto a diciembre 31 (es decir, la suma de todos sus bienes y derechos apreciables en dinero, ubicados en Colombia y/o en el exterior, valuados con el criterio fiscal de los artículos 267 a 279 del Estatuto Tributario y sumados hasta antes de restar las deudas que pesen sobre ellos) fue superior a 4.500 UVT . (Nota: para el año 2011 sería: 4.500 x $25.132= $113.094.000; ver Artículos 9 y 10, y 592 a 59