Un pensionado que tiene solo sus ingresos por pensión, ¿debe calcular renta presuntiva?
La renta presuntiva es el mínimo rendimiento que el Estado espera que produzca el patrimonio líquido de un contribuyente. Es importante tener en cuenta que la obligatoriedad del cálculo de la renta presuntiva aplica para todas las personas naturales, independientemente de si son empleados, trabajadores por cuenta propia u otros contribuyentes del régimen ordinario general. Sin embargo dicho cálculo sólo tendrán que hacerlo quienes declararen su impuesto de renta en los formularios 110 “Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad.” o 210 “Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad”. Cuando las personas naturales residentes obligados a declarar opten por presentar su declaración en los formularios 230 “Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados” y 240 “Decl