Reforma Tributaria: de normas y micos… colados y no colados
Los bingos serán gravados, las petroleras
no serán sujetas del CREE, un porcentaje del impuesto de timbré será para
programas de inversión social, queda la duda de cómo se declararán los bienes
que tienen los colombianos en el exterior. Y por supuesto, unos micos se
lograron colar, otros… no.
Al margen de lo que la comunidad
contable ya conoce alrededor de la Reforma Tributaria y confirmar el gravar a
las empresas con la sobretasa del CREE, el Impuesto a la Riqueza, las noticias
del 4 x mil, hay otros artículos que vale la pena conocer. A continuación se
presentan algunos:
El artículo 21 de la Reforma
Tributaria establece que los usuarios de zonas francas costa afuera, como las
petroleras, no serán sujetos a la sobretasa del CREE. El Gobierno pretende
estimular la exploración petrolera en el país en medio de tiempos en los que el
petróleo WTI y el Brent ya pasaron hacia abajo la barrera de los US$60 por
barril. El ministro Cárdenas ha dicho que la norma favorecerá el aumento de la
producción por encima de un millón de barriles diarios. Esta misma norma creó
un “diferencial de participación”, que es una contribución parafiscal que
recibirá el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles. Estos recursos
ayudarán a atenuar las fluctuaciones que puedan llegar a tener la gasolina y el
acpm. Como lo dice el texto, el diferencial se causará para quienes vendan e
importen gasolina y acpm para consumo propio o venta, cuando el precio de
paridad internacional sea menor al precio de referencia de Colombia.
El artículo 420 del E.T. será
modificado. Este grava los bingos con una base mensual de tres UVT por silla
que juegue, lo que equivale a $84.837.
El artículo 66 de la Reforma
Tributaria será importante, según el ex director de la DIAN Horacio Ayala,
quien aseguró en Portafolio, que un mayor valor de las inversiones en el
extranjero por cuenta de la tasa de cambio no constituye renta, lo hace cuando se
vende la inversión.
Otro punto que destaca Ayala es
que la declaración de los bienes que tienen los colombianos en el extranjero no
existía. Sin embargo, esa norma no es clara porque no se sabe cómo va atada a
la declaración de renta.
La Reforma Tributaria también
establece que un 70% del recaudo del impuesto de timbre irá para programas de
inversión social a través de proyectos de competitividad que desarrollará el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Anteriormente, según la Ley 1558
de 2012, se destinaba la totalidad de los recursos allegados a través de este
tributo a las inversiones en mención.
En materia de cumplimiento de
obligaciones, se establece que los municipios que estén en mora con la DIAN
tendrán la posibilidad de conciliar con la autoridad tributaria para hacer el
pago de sus impuestos.
Las normas (micos) que no se
colaron… y los que sí se colaron
El colombiano publica un listado
de normas que no fueron aprobadas a pupitrazo y otras que pasaron.
No pasaron…
Una proposición buscaba prorrogar
hasta por 10 años la exención para el impuesto de renta para los cultivos de
tardío rendimiento como el caucho, el cacao y la palma de aceite.
Se buscó una exención para el
patrimonio neto de las inversiones realizadas en la exploración de hidrocarburos
y minerales hasta por 24 meses.
Una propuesta de revivir el
impuesto a las remesas que salen del país.
Se colaron…
El Estado se hará cargo de las
obligaciones pensionales de Caprecom desde el 1 de enero.
Se incluyó dentro del proyecto
fiscal un artículo para prolongar el subsidio de energía y gas para los
estratos 1 y 2, en 60% y 50%, respectivamente.
Para las zonas francas quedó
consagrado que los usuarios de estos servicios están exonerados de la sobretasa
del Cree como sujetos pasivos de este impuesto.
En repetidas oportunidades se han
dado amnistías para los deudores de la Dian, diciendo que es la última vez.
Esta reforma incluye varios en este sentido.
Se amplían los plazos para que
los contribuyentes respondan los requerimientos de información de Unidad de
Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp), que persigue la evasión.
Se elimina el IVA para los
vehículos diplomáticos.
Tomado de actualicese.com
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