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Mostrando entradas de enero, 2019

INDICADORES 2019

UVT que regirá en el 2019 será de $34.270 A través de la  Resolución 000056 del 22 de noviembre de 2018 , la Dian fijó el valor de la unidad de valor tributario –UVT– aplicable para el 2019, el cual será de $34.270. Aumento del salario mínimo para el 2019 El Gobierno Nacional, la Comisión de Políticas Salariales y Laborales –CPCPSL–, los gremios económicos y organizaciones sindicales,  llegaron a un acuerdo sobre el aumento del salario mínimo para 2019 ,  en un porcentaje del 6 % que equivale a $46.874 quedando este en $ 828.116, y un porcentaje del 10% para el auxilio de transporte que equivale a $8.821, por lo que esta prestación asciende a los $97.032.  Con base en lo anterior, y la suma de dichas cifras, un trabajador colombiano que devenga el salario mínimo percibirá mensualmente un monto total de $925.148. Salario integral mínimo para 2019 Habiendo sido definido el salario mínimo para el año 2019 por un monto de $828.116, representando un incremento del 6% respecto del

No responsables de IVA: nueva forma de llamar al antiguo régimen simplificado

La nueva  reforma tributaria, Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 ,  efectuó una importante reestructuración a las normas del Estatuto Tributario –ET– que venían regulando los antiguos “régimen simplificado del IVA” y  “régimen simplificado del impuesto nacional al consumo” –INC– para bares y restaurantes , provocando de esa forma varios cambios importantes que deberán ser tenidos en cuenta a partir del 2019 por quienes pretendan funcionar ahora como “no responsables del IVA” o como “no responsables del INC” para bares y restaurantes. En esta y una próxima entrega, destacamos los cambios más importantes en relación con este tema. Requisitos y otras exigencias para funcionar como “no responsables del IVA” “las demás normas del ET en las que se haga referencia a “responsables del régimen común” o “responsables del régimen simplificado” simplemente se seguirán entiendo como referidas al régimen de responsabilidad del IVA” Los artículos  4, 14, 15, 18 y 122 de la Ley 1943 de diciembr

IVA de activos fijos comprados se tratará como descontable en las declaraciones a partir de 2019

El artículo 122 de la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 se encargó de derogar el artículo 491 del ET, el cual impedía que el IVA de los activos fijos se pudiera tomar como valor descontable. Adicionalmente, la misma ley estableció un nuevo tratamiento fiscal para el IVA de los bienes de capital. Entre los  múltiples cambios que la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018 introdujo al tema del impuesto sobre las ventas , es importante destacar aquellos que se relacionan con el tratamiento fiscal que se podrá dar a partir del 2019 para el IVA cancelado en la compra o importación de los activos fijos. En primer lugar, es importante destacar que el artículo 122 de la Ley 1943 derogó el  artículo 491 del Estatuto Tributario  –ET–, en el cual se establecía lo siguiente: “ Artículo 491.  En la adquisición de activo fijo no hay descuento. El impuesto a las ventas por la adquisición o importación de activos fijos no otorgará derecho a descuento, excepto en el caso establecido en el artículo 485