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Mostrando entradas de abril, 2021

Esta es la reforma tributaria que presentaría el Gobierno nacional luego de Semana Santa

Número de  contribuyentes aumentará,  así como el tope para pagar renta; sería  a partir de 2,5 millones de pesos mensuales . No se gravarán con IVA alimentos adicionales  a los que ya están gravados . Eliminación  de  rentas exentas, deducciones, descuentos tributarios  y  tarifas preferenciales  desde el 2023. El 24 de marzo de 2021 el Ministerio de Hacienda informó que por solicitud de los congresistas  la reforma tributaria, que se presentará con el nombre de Ley de solidaridad sostenible,  se radicará en el Congreso de la República una vez finalice la Semana Santa . Con ella el  Gobierno nacional tiene como objetivo recaudar unos 25 billones de pesos , los cuales  se direccionarían a programas sociales como Ingreso Solidario y en la devolución del IVA a cerca de 4,7 millones de hogares  en condición de pobreza, entre otras inversiones. Basados en publicaciones que han realizado en los últimos días diversos medios de comunicación,  estos son algunos temas que se están con

Trabajador incapacitado por más de 180 días: ¿qué obligaciones tiene el empleador?

Cuando un trabajador lleva más de 180 días incapacitado existen dudas frente a las obligaciones y derechos que tiene:  ¿Quién debe pagar la incapacidad? ¿Quién hace los trámites de la incapacidad? ¿Se deben pagar prestaciones sociales?  A continuación, las respuestas a estos interrogantes. En algún momento de la vida laboral un trabajador puede sufrir alguna contingencia que afecte su salud y le genere una incapacidad prolongada, es decir, superior a los 180 días.  Este estado de incapacidad trae consigo una serie obligaciones para el empleador , previstas en las normas, que deben cumplirse dada la protección especial que ostenta este trabajador en debilidad manifiesta. Ante este panorama resulta fundamental conocer estas obligaciones, las cuales presentaremos a continuación: ¿Quién debe pagar el auxilio económico de incapacidad? Cuando el trabajador se encuentra incapacitado, sea por enfermedad o accidente de origen común o laboral,  el empleador no debe reconocerle salario ,  debido