Modelo para calcular impuesto de renta de personas naturales
|
|||||||||
con pequeñas empresas de Ley 1429
|
|||||||||
Fecha
de elaboración: Abril 30 de 2012
|
|||||||||
Por
motivo de lo anterior, a conituación se presenta una herramienta que ayude a
realizar de forma automática esos cálculos indicados
|
|||||||||
en
la norma antes citada. Quienes deseen usarla como plantilla
|
|||||||||
para
sus casos personales solo tienen que cambiar manualmente los datos de las
celdas resaltadas en amarillo pues
|
|||||||||
los
demás datos se obtienen en forma automática
|
|||||||||
Valor
oficial de la UVT en el ejericio fiscal
|
25.132$
|
||||||||
Valor
que van a llevar al renglón 64 de su formulario 110
|
|||||||||
(el
total de la Renta liquida gravable del año la cual involucra tanto
|
|||||||||
la
utilidad fiscal del pequeño negocio como la utilidad fiscal de todas las
|
|||||||||
demás
operaciones ordinarias que hizo durante el año)
|
|||||||||
Valor
en Pesos
|
$
500.000.000
|
||||||||
En
UVT
|
19.894,95
|
||||||||
Valor
global del impuesto que inicialmente se obtendría (usando la tabla
|
$
150.800.000
|
||||||||
del
art.241)
|
|||||||||
Menos:
Valor que se puede restar por haber tenido pequeña empresa
|
|||||||||
durante
el año (ver paragrafo 1 del art. 3 del decreto 4910 de 2011)
|
|||||||||
Valor
que dentro del renglón 64 corresponde a la utilidad
|
600.000.000
|
||||||||
fiscal
del solo pequeño negocio
|
|||||||||
100,00%
|
Valorporcentualdelarentaobtenidaconlapequeñaempresarespecto
del total dela renta liquida del año
|
||||||||
150.800.000
|
Subtotalimpuestoquelehubieracorrespondidoalasrentas
de la pequeña empresa
|
||||||||
100,00%
|
(150.800.000)
|
Porcentaje
de reducción que puede aplicar a ese impuesto en
|
|||||||
$ -
|
Totaldeimpuestoderentaaliquidarenelrenglón
69 del formulario
|
||||||||
Rangos en UVT
|
Tarifa Marginal
|
Instrucción
para calcular impuesto en $
|
Calculo en $ del impuesto
|
||||||
Desde
|
Hasta
|
||||||||
>0
|
1090
|
0%
|
No
tiene
|
$ 0
|
|||||
>1090
|
1700
|
19%
|
(Renta
gravable expresada en UVT menos 1090 UVT) *19%
|
$ 0
|
|||||
>1700
|
4100
|
28%
|
(Renta
gravable expresada en UVT menos 1700 UVT) *28% más 116 UVT
|
$ 0
|
|||||
>4100
|
En adelante
|
33%
|
(Renta
gravable expresada en UVT menos 4100 UVT) *33% más 788 UVT
|
$
150.800.000
|
|||||
Entradas populares de este blog
¿Cómo se calcula la renta por comparación patrimonial?
De acuerdo con lo establecido en los artículos 236 a 239 del E.T., antes de liquidar el impuesto de renta, se debe hacer la comparación entre los patrimonios líquidos de los dos últimos años y determinar si hubo un incremento en el mismo. De ser así, dicho incremento deberá compararse con las rentas líquidas ajustadas, dado que estas deberían poder explicar cualquier incremento que haya sufrido el patrimonio. El cálculo de la renta por comparación patrimonial se debe hacer de la siguiente manera: Comparación Patrimonial Concepto Valor Patrimonio Líquido Año Gravable XXXXX ( + ) Desvalorizaciones XXXXX ( – ) Valorizaciones XXXXX ( – ) Patrimonio Líquido Año Gravable anterior XXXXX ( = ) Variación por comparación patrimonial XXXXX Luego: Rentas Ajustadas Concepto Valor Renta Líquida Gravable XXXXX ( + ) Rentas exentas XXXXX ( + ) Ingresos no constitutivos
CIFRAS IMPORTANTES DURANTE EL AÑO 2015
UVT Para el año gravable 2015 la UVT quedó en $28.279. La DIAN mediante su Resolución 000245 de diciembre 03 de 2014 estableció el valor oficial. Hay que recordar que para efectos de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT se multiplica el número de las Unidades de Valor Tributario por el valor de la UVT y su resultado se aproxima según lo indicado en el inciso 6 del artículo 868 del Estatuto Tributario. Sanción mínima El valor de la sanción mínima, establecida en el artículo 639 del E.T., quedó fijado en $283.000 (10 UVT). Cuantía mínima para practicar retenciones en la fuente a título de renta por concepto de servicios generales Será de $113.000 (4 UVT); y por el concepto de compras será de $764.000 (27 UVT) (artículo 6 del Decreto 2775 de 1983 y artículo 5 del Decreto 1512 de 1985; ítems 77 y 78 en la tabla del artículo 868-1 del E.T.). Retención en la fuente para empleados En la tabla de retención en la fuente para “empleados” conten
Comentarios
Publicar un comentario