La Reforma Tributaria de diciembre de 2012: todo un revolcón normativo
Cambios en el impuesto de renta para las personas jurídicas
1. Control a los aportes en especie y a la prima en colocacion de acciones2. Se modificaron todas las normas del Régimen de precios de transferencia
3. Se baja la tarifa del impuesto de renta y se crea el nuevo impuesto de renta para la equidad
4. Se disminuye la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales por conceptos diferentes a loterías, rifas y similares, y a las copropiedades de uso comercial o mixto las convierten en contribuyentes de renta.
Cambios en el impuesto de renta para las personas naturales
1-Las personas naturales que no queden obligadas a declarar renta, podrán declarar voluntariamente para formar saldos a favor y solicitar las devoluciones de sus retenciones2. Se cambian los criterios para ser “residente” o “no residente” ante el Gobierno Colombiano
3. Menos valores para “jugar” con la casa de habitación en la Renta presuntiva y con los aportes voluntarios a fondos de pensiones y AFC en la depuración de la renta
4. Se establecieron los cálculos del IMAN (Impuesto Mínimo alternativo Nacional) y el IMAS (Impuesto Mínimo alternativo Simple)
5. Les modifican las bases de las ganancias ocasionales por herencias y les rebajan la tarifa del impuesto de ganancia ocasional.
Cambios en el impuesto a las Ventas
1. Se modificaron las listas de bienes y servicios excluídos, y de bienes y servicios exentos2. Se cambió el universo de tarifas de IVA y se creó el nuevo impuesto al consumo.
Cambios en retención en la fuente
1. Se cambia por enésima vez la retención a los independientes2. Se disminuyó la retención de IVA
3. Se puede esperar que disminuyan las retenciones a título de renta
Cambios en procedimiento tributario
1. Cambio en la periodicidad de las declaraciones de IVA2. Cambio en la liquidación de los intereses de mora, y facilidades de pago para pagar las deudas atrasadas
3. Cambios en la periodicidad para expedir las resoluciones anuales con solicitud de información exógena tributaria
Comentarios
Publicar un comentario